Tras reiteradas negaciones, Policía acepta que hay heridos graves en 2021
Después de haberlo negado enfáticamente en una moción el martes, hoy la Policía de Puerto Rico tuvo que aceptar que hay casos de heridas graves provocadas por agentes estatales contra ciudadanos en el primer semestre de 2021. La Policía tendrá que entregar a Kilómetro 0 los datos de las personas muertas, heridas de gravedad o mutiladas en el año 2021 que, en entregas pasadas, ha insistido en ofrecer en blanco. Esto tras una vista de cumplimiento que el Juez Anthony Cuevas citó para hoy miércoles en el caso Kilómetro 0, Inc. v. Pesquera.
Tras haber denunciado públicamente que la Policía de PR insistía en esconder las personas muertas y heridas por uso de fuerza policial en 2021, Kilómetro Cero presentó el pasado 19 de enero una moción en el Tribunal Superior de San Juan, solicitando se exigiera a la Policía proveer la información como parte de los documentos que ha estado entregando a Km0 a raíz del pleito Kilómetro 0, Inc. v. Pesquera.
En dos entregas consecutivas a partir de la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, la Policía había insistido en entregar en blanco el documento donde se supone revele la información básica de las personas que han muerto por uso de fuerza policial en 2021, así como aquellas que han recibido heridas graves o mutilaciones. Aunque la defensa de la Policía había insistido en que la tabla estaba en blanco porque en ese periodo de 2021 no habían incidentes de uso de fuerza que hubiesen provocado heridas graves, hoy en el Tribunal, dos testigos de la agencia tuvieron que aceptar que sí los hay y que no los incluyeron porque “todavía están bajo investigación”.
“La información sobre a quiénes, cómo y cuándo la Policía ha herido o matado no está sujeta a criterios de confidencialidad por investigación, como lo están los informes de uso de fuerza”, explicó Mari Mari Narváez, directora de la organización, al finalizar la vista. “Son documentos distintos. Esta información sobre a quiénes la Policía mata o hiere de gravedad, dónde, cómo y cuándo es información que como regla general se comparte incluso con la prensa al momento en que ocurre, aunque debemos señalar que en los primeros 10 meses del año 2021 la Policía informó sobre heridas, más no así sobre muertes. Eso nos ha preocupado extraordinariamente pues el promedio anual de muertes por uso de fuerza policial es de 10 casos”.
La moción de los licenciados Luis José Torres Asencio y Steven Lausell Recurt, de la Clínica de Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, sostenía que “en la entrega del 9 de diciembre de 2021, el NPPR entregó a Kilómetro 0 una tabla titulada ‘Datos de uso de fuerza, personas muertas, heridas graves y mutilaciones causado por usos de fuerza en el Negociado de Policía de Puerto Rico’. Como podrá observar el Tribunal, la tabla se encuentra en blanco. Ello parecería sugerir que, en el 2021, el NPPR no ha tenido un solo incidente de uso de fuerza que ha provocado muertes, heridas graves o mutilaciones… Ello no sólo es poco creíble; es falso”.
De información reportada en medios de comunicación, y en algunos casos provista por funcionarios del NPPR, surge que entre enero y junio de 2021 se suscitaron al menos cinco incidentes de uso de fuerza que culminaron con heridas graves, mutilaciones o posibles muertes. En la moción al Tribunal se documentan estos incidentes que el NPPR no incluyó en su tabla.
“Nos consterna que, a estas alturas del año 2022, tras haber acudido al Tribunal Supremo y haber ganado este caso, todavía no sepamos a qué personas el Estado mató o hirió de gravedad en el año 2021. Esa información no está sujeta a criterio alguno de confidencialidad. Es información que se nos ha brindado antes, se le ha brindado a la prensa y tiene que ofrecerse al momento”, añadió Mari Narváez “La Policía es el cuerpo que ejerce la fuerza a nombre del Estado y, por tanto, tiene un enorme poder sobre nuestras vidas e integridad física. Por lo mismo, tiene la responsabilidad de revelarnos cómo utiliza la fuerza contra la ciudadanía y qué personas han muerto o resultado heridas en ese ejercicio. Esto es información central, no solo para el ejercicio de nuestros derechos sino para la salud pública del País. Esconder esa información a la prensa y a la ciudadanía es antidemocrático y es criminal”.
En otra de las controversias actuales en el cumplimiento del caso, el Juez Cuevas decidirá si los informes de uso de fuerza que según la Policía permanecen en “investigación”, tienen que ser entregados a Kilómetro 0. La organización argumentó que todos los informes bajo alegada investigación ya cumplieron el término de 45 días que la agencia dispone para este proceso.
Al ordenar la divulgación de los Informes de Uso de Fuerza que preparan los agentes del Negociado de la Policía, el Tribunal Supremo advirtió al Estado que su gestión debe estar “sometida al más estricto escrutinio público, sólo limitado por intereses apremiantes de confidencialidad y no por la conveniencia, el capricho y el deseo de no divulgar información que afecte su imagen pública”.
El Tribunal Supremo estableció en su sentencia que: “Es una paradoja invocar el interés de promover que los miembros de la Policía sean más honestos reportando los incidentes de uso de la fuerza condicionando tal deber a que sea ejercido bajo un manto de secretismo. Esa pretensión no constituye un interés apremiante, sino un interés preocupante y contrario a la Reforma de la Policía".
La acción legal original de Kilómetro Cero contra el Departamento de Seguridad Pública, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Registro Demográfico de Puerto Rico tenía el propósito de vindicar el derecho fundamental de la organización sin fines de lucro al acceso a la información, después de que las agencias habían ignorado y negado una serie de solicitudes de información que Kilómetro Cero ha realizado desde 2018.
El acceso a la información ha sido reconocido en Puerto Rico como un derecho humano y constitucional de rango fundamental como evidencian las decisiones en los casos Bhatia Gautier v. Rosselló Nevares, 2017 TSPR 173; Trans Ad PR v. Junta Subastas, 174 DPR 56, 67 (2008); Colón Cabrera v. Caribbean Petroleum, 170 DPR 582, 590 (2007); Ortiz v. Dir. Adm. Tribunales, 152 DPR 161, 175 (2000); Soto v. Srio. Justicia, 112 DPR 477 (1982). Este derecho emana de los derechos de libertad de expresión, prensa y asociación expresamente dispuestos en la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El derecho de acceso a la información pública es también reconocido en varios tratados internacionales como un derecho humano fundamental, que “posee un carácter facilitador del ejercicio de otros derechos humanos, es decir, el acceso a la información es, en muchos casos, imprescindible para que las personas puedan hacer efectivos otros derechos”. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la información, violencia contra las mujeres y la administración de la justicia en las Américas (27 de marzo de 2015), en https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/acceso-informacion.pdf”.
Kilómetro Cero es una organización sin fines de lucro que aspira a un Puerto Rico donde el Estado proteja la vida humana, las libertades y la dignidad en la búsqueda de la seguridad pública, para una sociedad más democrática y justa.