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Tribunal da 5 días para que Policía y Registro Demográfico expliquen por qué impiden acceso a información sobre el uso de fuerza del Estado

El Juez Anthony Cuevas de la sala de Recursos Extraordinarios del Tribunal Superior de San Juan emitió hoy una orden para que, en los cinco días a partir de su emplazamiento, la Policía de Puerto Rico y el Registro Demográfico expliquen por qué no entregan información pública sobre víctimas de uso de fuerza del Estado solicitada durante meses por Kilómetro Cero.  El Juez emitió la orden a raíz de una petición de Mandamus de la organización sin fines de lucro, que monitorea el uso de fuerza del Estado en Puerto Rico. El recurso lo presentó la Clínica de Acceso a la información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico. 

“La Policía de Puerto Rico lleva meses ignorando nuestros reclamos de información, lo que nos deja sin más remedio que acudir a las cortes a exigir nuestro derecho constitucional a la información”, dijo Mari Mari Narváez, fundadora y directora ejecutiva de Kilómetro Cero.

 “Nuestro trabajo es impulsar cambios en la forma como la Policía interactúa y utiliza la fuerza contra la ciudadanía. Esto lo hacemos llevando a cabo investigaciones, análisis exhaustivos, creando nuestros propios indicadores de progreso, con perspectiva ciudadana y de derechos humanos, y abogando por la transformación de la Uniformada hacia una transparente, respetuosa de los derechos, profesional, que rompa con el historial de impunidad que la caracteriza”.

Los licenciados Luis José Torres Asencio y Steven Lausell, de la Clínica de Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, son los representantes legales de la organización sin fines de lucro.

“Los documentos, materiales e información solicitadas son originados, conservados y/o recibidos por dependencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Por lo tanto, son documentos y materiales públicos, a los cuales cualquier ciudadano puede tener acceso u obtener una copia si así lo solicita”, argumentaron en el recurso presentado. “Toda la información solicitada es información pública y de alto interés público para el Pueblo de Puerto Rico. Las actuaciones y omisiones de las partes promovidas, al negarse a proveer o poner a disposición de KM0 la información pública solicitada, laceran el derecho de esta última al acceso a la información”.

“El acceso a la información ha sido reconocido en Puerto Rico como un derecho humano y constitucional de rango fundamental. Bhatia Gautier v. Rosselló Nevares, 2017 TSPR 173; Trans Ad PR v. Junta Subastas, 174 DPR 56, 67 (2008); Colón Cabrera v. Caribbean Petroleum, 170 DPR 582, 590 (2007); Ortiz v. Dir. Adm. Tribunales, 152 DPR 161, 175 (2000); Soto v. Srio. Justicia, 112 DPR 477 (1982). Dicho derecho emana de los derechos de libertad de expresión, prensa y asociación expresamente dispuestos en la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El derecho de acceso a la información pública es también reconocido en varios tratados internacionales como un derecho humano fundamental, que “posee un carácter facilitador del ejercicio de otros derechos humanos, es decir, el acceso a la información es, en muchos casos, imprescindible para que las personas puedan hacer efectivos otros derechos”. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Acceso a la información, violencia contra las mujeres y la administración de la justicia en las Américas (27 de marzo de 2015), en https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/acceso-informacion.pdf”.

Kilómetro Cero es una organización sin fines de lucro que promueve el ejercicio policíaco democrático de parte del Estado y desarrolla proyectos que impulsan el poder ciudadano en las áreas de seguridad comunitaria, justicia y participación.

¿Cómo está usando la fuerza la Policía? ¿A qué personas el Estado ha matado, herido de gravedad o mutilado? Estas son algunas de las preguntas que queremos contestar.

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